La Justicia porteña ratificó la medida que impide avanzar con la demolición del estadio Luna Park

El mitico estadio Luna Park
Confirmó la resolución que suspende el proyecto de intervención sobre el histórico recinto

El fallo se inscribe en el marco de una acción judicial iniciada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien sostuvo que el plan impulsado por el Ejecutivo porteño vulnera las normas de protección patrimonial que resguardan al Luna Park, declarado Monumento Histórico Nacional y con protección estructural dentro de la Ciudad. Según la presentación, la iniciativa no solo compromete la integridad del edificio, sino que también infringe la legislación vigente en materia de preservación del patrimonio cultural.

En su denuncia, Gil Domínguez advirtió que “habilitar la demolición de gran parte de su interior constituye una acción irreversible que equivale a su destrucción”. Además, cuestionó que, bajo el argumento de una supuesta modernización tecnológica, el proyecto altere de manera sustancial la esencia del estadio mediante el aumento de su volumen, el reemplazo de la cubierta y cambios significativos en la fachada. Esta postura fue acompañada por el dictamen del fiscal ante Cámara, Juan Octavio Gauna, quien también consideró que la propuesta oficial no se ajusta a la normativa vigente.

El plan de demolición había sido autorizado por la Dirección General de Interpretación Urbanística a través de la Disposición 1283/DGIUR/25, una decisión que generó fuertes cuestionamientos. Diversas organizaciones de la sociedad civil —entre ellas Basta de Demoler, el Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Fundación Ciudad— presentaron una denuncia respaldada por un informe técnico elaborado por los arquitectos Marcelo Magadán y Francisco Girelli.

Según los especialistas, la iniciativa no respeta los criterios básicos de conservación del patrimonio histórico. En su análisis, advirtieron que el proyecto implica la pérdida de la mayor parte de los elementos con valor patrimonial del edificio. “Se trata del contrasentido de destruir un edificio histórico protegido con el argumento de conservarlo”, señalaron, y agregaron que la disposición aprobada no persigue una restauración ni una actualización respetuosa, sino una “demolición encubierta” que habilitaría la construcción de un nuevo estadio dentro de la estructura existente.

El informe técnico detalla que la propuesta contempla ampliar la capacidad del Luna Park de 8.400 a 11.100 espectadores, lo que implicaría un aumento del volumen edilicio, la elevación del techo y la incorporación de un nuevo nivel sobre la fachada. En lugar de preservar y actualizar el edificio conforme a su valor histórico, el proyecto prevé modificaciones profundas que alterarían su configuración original.

Inaugurado en 1934, el Luna Park es uno de los espacios más representativos de la ciudad de Buenos Aires y un ícono del deporte, la música y el espectáculo. Su singular arquitectura y su extensa trayectoria lo convirtieron en escenario de acontecimientos históricos y culturales de gran relevancia. La posibilidad de su demolición generó un amplio rechazo entre especialistas en patrimonio y organizaciones sociales y culturales. De concretarse el plan oficial, el Luna Park se convertiría en el primer Monumento Histórico Nacional demolido desde el retorno de la democracia en 1983, un antecedente que despertó preocupación por el impacto que podría tener sobre otros edificios protegidos.

En este escenario, la jueza Natalia Tanno deberá resolver si concede la medida cautelar solicitada por Gil Domínguez y las organizaciones denunciantes. De otorgarse, los efectos de la Disposición 1283/DGIUR/25 quedarán suspendidos hasta que se dicte una sentencia definitiva. Mientras tanto, el futuro del Luna Park permanece en suspenso, aunque la decisión judicial conocida este lunes representa un freno significativo al proyecto de demolición promovido por el Gobierno de la Ciudad.

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