El Plan Urbano Ambiental (PUA) constituye la ley marco a la que se debe ajustar la normativa urbanística y las obras públicas de la Ciudad
Este proceso requiere compromiso y participación de organizaciones vecinales, instituciones, cámaras, organizaciones de la sociedad civil, legisladores, y autoridades de las 15 comunas de la Ciudad. El trabajo es conjunto y la mirada antropológica surge como la herramienta que permite articular el abordaje de proyectos en términos de planificación urbana y territorial.
Este instrumento técnico-político, plasmado en la ley 2930/08, tiene los objetivos de:
- Mejorar la calidad de vida de la población.
- Promover un desarrollo más equilibrado y equitativo de la Ciudad.
- Generar el consenso y compromiso con los distintos sectores de la sociedad.
- Promover y hacer más eficientes las inversiones públicas y privadas en términos sociales, ambientales, urbanísticos y económicos.
- Promover la gestión integral entre las áreas gubernamentales de la Ciudad y las jurisdicciones metropolitanas.
- Tender a que todos los vecinos de la Ciudad tengan acceso a disponer de aire, agua y alimentos, química y bacteriológicamente seguros, a circular y habitar en áreas libres de residuos, de contaminación visual y sonora y ambientalmente sanas, al uso y goce de espacios verdes y abiertos.
- Preservar el patrimonio cultural, arquitectónico y ambiental.