Como detallamos en una nota a principio de año, bajo el lema “La Transformación no Para”, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) lanzó el Plan BA Costa en la zona ribereña –desde Avenida General Paz hasta el Riachuelo–, que consiste en una serie de obras y proyectos urbanísticos. Algunos ya son conocidos, como los desarrollos inmobiliarios de Costa Salguero y Costa Urbana; otros son nuevos, como BA Playa o el puente peatonal sobre la Laguna de los Coipos en la Reserva Ecológica Costanera Sur.
Con relación a la propuesta del proyecto BA PLAYA, detallamos que la Resolución 28/2022 del 2 de agosto de 2022 de la Subsecretaría de Obras llamó a Licitación Pública 10179-0079-LPU22 para la construcción del “PARQUE COSTERO BA”, cuyo nombre mediático es BA PLAYA.
El proyecto se ubica en la Costanera Norte, frente a la zona delimitada por Tierra Santa y Aeroparque, y consiste en rellenar el Rio de la Plata para crear un nuevo espacio público cubierto de arena para dar una morfología de playa pública. El relleno será de 2,5 hectáreas y la obra finalizada totalizaría unos 30.000 m2 (3 hectáreas) de superficie de uso de playa.
A través de la Resolución N° 50/SSOBRAS/22, el 7 de noviembre se adjudicó la licitación pública a la empresa CRIBA S.A. por un monto total de ($1.523.334.227).
El BA Playa constituye un nuevo relleno en el Rio de la Plata, que no es un rio técnicamente sino un estuario. Los trabajos de (Holocwan 1995,1996), demuestran que la Ciudad de Buenos Aires aumentó su superficie por relleno en aproximadamente 20%, desde los tiempos de Rosas. En el siguiente gráfico figura el incremento de territorio de la Ciudad de Buenos Aires como consecuencia del relleno costero (publicado por Holocwan 1993. Redibujado por Pérez García 1998).
Ocupar el espacio que le pertenece al rio, no sólo altera la propia dinámica del curso sino también su geomorfología. Por eso, es que las acciones de relleno y dragado, nada tienen que ver con una perspectiva de sostenibilidad.
Desde que se anunció el BA Playa sostuvimos que este nuevo relleno del Rio de La Plata constituía una violación al Plan Urbano Ambiental (Ley 2930, aprobada en 2008 y de máxima jerarquía en la Ciudad luego de la Constitución), que en su artículo 9.c.e. establece que se debe “preservar el perfil y/o silueta costera de los rellenos existentes”. Y, que en todo caso, se requería una ley de la Legislatura que autorizara el relleno, la cual no había sido sancionada para el caso del BA Playa.
Frente a este cúmulo de ilegalidades, la Defensoría del Pueblo de la ciudad presentó una acción de amparo colectivo ambiental solicitando la nulidad de la licitación de la obra BA Playa. La causa judicial quedó radicada en el Juzgado de 1ra Instancia en lo CAyT N° 5 y tramita bajo el Expte. N° 370739/2022-0.
El Observatorio del Derecho a la Ciudad, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (como integrantes de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos) y la Fundación Ciudad se presentaron en esta causa judicial solicitando ser parte del frente actor, por ser un proceso colectivo, y aportando como fundamentos la violación del Plan Urbano Ambiental y que la Ley de creación del Distrito Joven no había autorizado a realizar ningún relleno como interpretaba el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El 22 de diciembre de 2022, el Juez Martín Converset hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó al GCBA suspender las obras que se desarrollan en el sector individualizado como BA Playa, en el marco de la Obra Pública denominada Parque Costero BA.
Fuente: Observatorio del derecho a la ciudad