Moratoria fiscal 2025 en CABA

La condonación del 100% de los intereses dentro de la moratoria vigente está disponible hasta el 2 de diciembre
La agencia porteña comunicó que continúa vigente el mecanismo para regularizar obligaciones vencidas

El régimen de moratoria comenzó el 3 de noviembre de 2025, fecha a partir de la cual los contribuyentes pueden adherir al plan. La adhesión estará habilitada hasta el 31 de enero de 2026 y para quienes opten por pagar al contado y acceder a la condonación del 100% de los intereses, el plazo vence el 2 de diciembre de 2025, ya que ese beneficio aplica durante los primeros 30 días del plan.

La moratoria abarca deudas de todos los impuestos administrados por la AGIP: ABL/Inmobiliario, Patentes de vehículos, Ingresos Brutos, Sellos, Publicidad, entre otros tributos porteños. Incluye deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025. También se pueden regularizar deudas que estén en instancia judicial: esto implica que con la adhesión se suspenden los plazos procesales y, si se cancela la totalidad de la deuda, se extingue la acción penal, infraccional o delictual y se incluyen también infracciones no firmes y sanciones, siempre que no haya un plan de pagos vigente que ya tenga condonaciones.

Se puede pagar al contado (una sola cuota) o financiar la deuda en hasta 48 cuotas mensuales. Las condonaciones de intereses y punitorios pueden llegar hasta el 100%, según cuándo se adhiera el contribuyente y la modalidad de pago elegida. En los planes con cuotas, la quita de intereses varía: puede ir aproximadamente del 70% al 10%, según el tramo y el momento de adhesión. Para deudas judicializadas, además de los beneficios de condonación, se suspenden los plazos procesales y honorarios judiciales, con posibilidad de pagarlos en cuotas.

Existen algunas exclusiones explícitas para esta moratoria:
  1. Personas declaradas en quiebra.

  2. Contribuyentes condenados por delitos tributarios o contra la administración pública con sentencia firme.

  3. Aquellos que ya tenían un plan de facilidades vigente al 31 de agosto de 2025 con condonación o reducción de intereses/multas.

  4. Agentes de recaudación por montos retenidos (aunque hay algunas condiciones específicas para ellos).

Cómo adherirse
  • El trámite se realiza por vía digital, a través del Portal del Contribuyente de la AGIP.

  • Hay que ingresar con Clave Ciudad o la clave que corresponda para acceder a la “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”. Dentro del sistema, se debe ir al menú “Operaciones” y luego seleccionar “Planes/Moratoria” para ver las deudas pendientes y elegir las opciones de pago.

  • Para deudas más pequeñas de Inmobiliario/ABL o Patente (menores a cierto monto), la AGIP permite una modalidad simplificada: se genera una boleta única (“cuota 219 – CUOTA ÚNICA MORATORIA 2025”) que se puede pagar por Home Banking.

La moratoria fiscal de CABA 2025 representa una oportunidad real para ponerse al día con obligaciones tributarias con condiciones muy favorables. Pero hay que actuar rápido: quienes quieran la condonación total de intereses deberán adherirse antes del 2 de diciembre, y la moratoria general vence el 31 de enero de 2026.

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