La Ciudad exige servicios mínimos en subtes, colectivos y recolección de residuos durante paros gremiales

Con un decreto del Jefe de Gobierno la iniciativa apunta a neutralizar el impacto de los paros en áreas críticas que afectan el día a día de los porteños

El Gobierno porteño dispuso que los servicios de transporte público y recolección de residuos deberán mantener un nivel mínimo de funcionamiento ante medidas de fuerza sindicales. La decisión fue establecida mediante un decreto firmado por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, con el objetivo de reducir el impacto de los paros en actividades consideradas clave para el funcionamiento cotidiano de la Ciudad.

La normativa establece que, en caso de huelgas o conflictos gremiales, los servicios de subte, Premetro y colectivos bajo jurisdicción porteña deberán garantizar al menos el 50% de su operación habitual. En tanto, las empresas encargadas de la recolección de residuos, consideradas prestadoras de un servicio esencial, tendrán que asegurar una cobertura mínima del 75%.

La medida se enmarca en la adhesión de la Ciudad a las modificaciones introducidas por la Ley Nacional de Modernización Laboral 27.802, que actualizó el régimen aplicable a los servicios esenciales y a las denominadas actividades de importancia trascendental. La legislación fija la obligación de sostener prestaciones mínimas durante conflictos laborales para evitar la interrupción total de servicios considerados fundamentales.

En el caso del transporte público, el decreto considera que colectivos, subtes y Premetro cumplen una función estratégica para la movilidad urbana. Por ese motivo, cada línea deberá garantizar la prestación mínima exigida durante cualquier medida de fuerza. La disposición alcanza tanto a las líneas de subte y Premetro como a los recorridos de colectivos cuya regulación y fiscalización corresponden exclusivamente al Gobierno de la Ciudad.

Para implementar la nueva normativa, la empresa estatal Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) deberá coordinar con la concesionaria Emova las modalidades operativas que permitan asegurar la circulación mínima de formaciones durante los conflictos gremiales.

Asimismo, la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Justicia, tendrá la responsabilidad de convocar a las partes involucradas y arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar el cumplimiento de los porcentajes de servicio establecidos.

Las modificaciones adoptadas tienen su origen en la actualización del artículo 24 de la Ley Nacional 25.877, realizada a través de la Ley de Modernización Laboral, que regula los convenios colectivos de trabajo cuando estos pueden afectar servicios esenciales o actividades consideradas de importancia trascendental.

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